Directorio de Proveedores y Contratistas Impedidos

La Secretaría   de  la   Contraloría General  de  la  Ciudad   de  México,  es   la  dependencia con facultades para verificar y supervisar que las adquisiciones, arrendamientos, prestación de servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas, llevadas a cabo por las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Entidades de la Administración Pública y las Alcaldías de la Ciudad de México, cumplan con lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y la Ley de Obras Públicas de la Ciudad de México.


En ese sentido, cuando una persona física o moral se encuentre en alguno de los supuestos establecidos en las fracciones del artículo 39 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y 37 fracciones I a IV y VII a XIII de la Ley de Obras Públicas de la Ciudad de México, la Secretaría de la Contraloría General, debe hacer del conocimiento de las distintas áreas que conforman la Administración Pública y las Alcaldías de la Ciudad de México, los impedimentos decretados para que las personas físicas o morales participen en procedimientos de contratación y celebración de contratos en términos de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y la Ley de Obras Públicas de la Ciudad de México.


De ahí que, el plazo de impedimento debe contarse a partir de la publicación del aviso respectivo en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México; en consecuencia, los contratos que se hayan formalizado antes de la publicación, no quedan comprendidos para los efectos del impedimento decretado.


Por lo que respecta a las fracciones V y VI del artículo 37 de la Ley de Obras Públicas de la Ciudad de México, debe consultarse el "Directorio de Contratistas con Atrasos o Deficiencias en Obra Pública"; y atendiendo al contenido de la fracción X del artículo 39 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, es obligación de las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública y Alcaldías de la Ciudad de México, verificar el nombre de las personas físicas o morales que se encuentren impedidas por la Secretaría de la Función Pública, lo cual deberá ser consultado en su página de internet http://www.funcionpublica.gob.mx


Lo anterior, sin detrimento de la abstención que deben realizar las mismas áreas, atento al contenido de los preceptos legales enunciados.


Finalmente, atendiendo a la importancia que reviste la difusión de los nombres de las personas físicas o morales impedidas por esta Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México, así como su vigencia, dicha información se da a conocer por este medio electrónico.



Desarrollado por:
Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México

Mtro. Juan José Serrano Mendoza
Secretario de la Contraloría General

Mtra. Ana María Chávez Nava
Directora General de Normatividad y Apoyo Técnico

Responsable

Lic. Fernando Ulises Juárez Vázquez
Director de Normatividad
fjuarezv@contraloriadf.gob.mx
Tel. 5627-97 00 ext. 50710