La Gaceta Oficial de la CDMX publicó hoy un conjunto de obligaciones y prohibiciones de las personas servidoras públicas para evitar su participación y la utilización de recursos públicos en los procesos electorales en marcha.
Su incumplimiento se traduciría en sanciones de tipo penal, administrativa y/o electoral.
El Acuerdo entró en vigor hoy mismo. Contiene distintos apartados, entre ellos: disposiciones generales, recursos públicos, programas sociales, ejercicio de la función pública, propaganda.
En las Disposiciones Generales se refiere que dichas obligaciones y prohibiciones aplican en el uso de los recursos humanos, materiales y financieros públicos; la difusión o promoción, incluyendo redes sociales, de acciones de gobierno, personas, aspirantes a candidatos, candidatos o partidos políticos; también subsidios y beneficios materiales y económicos señalados en los programas sociales.
En cuanto al capítulo “Recursos públicos”, se indica que deberán abstenerse de destinar o comprometer recursos o desviarlos a causas electorales, lo mismo coaccionar o amenazar a subordinados para que participen en actos proselitistas, entre otras disposiciones.
En cuanto al “Ejercicio de la función pública”, el Acuerdo impone abstenerse de condicionar la prestación de un servicio público, el cumplimiento de programas, el otorgamiento de concesiones, permisos, licencias, autorizaciones, franquicias, exenciones, subsidios, ayudas o la realización de obras públicas, inclusión en programas, planes y presupuestos, a la emisión del sufragio en cualquier sentido.
También realizar por cualquier medio algún acto que provoque temor o intimidación en el electorado, que atente contra la libertad del sufragio o perturbe el orden o el libre acceso de los electores a la casilla, además de solicitar u ordenar evidencia del sentido de su voto o violar de cualquier manera el derecho del ciudadano a emitir su voto en secreto.
En cuanto a “Propaganda”, prohíbe, entre otros aspectos, promover o apoyar en cualquier forma, incluidas redes sociales institucionales o personales en las que se ostente como servidor público, la imagen política o social de personas, precandidatos, candidatos o planilla, partidos y asociaciones políticas.
En materia de programas sociales, se precisa que no se suspenderá su ejecución pero deberán sujetarse al objeto y las reglas de operación; en caso de entrega de apoyos el personal deberá portar gafete o identificación oficial; y aceptarse todo tipo de identificación oficial a ciudadanos que para obtener el beneficio requieran identificarse.
Los servidores públicos deberán abstenerse de condicionar la ejecución y reparto de los bienes, servicios y recursos a la emisión del sufragio en algún sentido; y de solicitar votos a cambio de incluirse o ser beneficiario de programas sociales.
La ciudadanía podrá denunciar, entre otros medios, en la Contraloría General a los teléfonos 56 27 97 38 y 56 27 97 00, ext. 52101; al Sistema de Denuncia Ciudadana desde el portal www.contraloria.cdmx.gob.mx; a través de la App Denuncia Ciudadana CDMX.
Lo mismo en el Servicio Público de Localización Telefónica (LOCATEL), al 56 58 11 11. Y ante la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE), al teléfono 53 46 31 00, en su portal www.fepadenet.gob.mx
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